El Senado aprobó reformas constitucionales que permitirán que los servidores públicos que hasta ahora gozan de inmunidad procesal puedan ser sujetos a procedimiento penal, pero con el privilegio de no ser privados de su libertad y con la posibilidad de continuar en sus cargos durante el tiempo que dure el proceso.
Estas modificaciones a la constitución, que fueron turnadas a la Cámara de Diputados, atienden parciamente un viejo reclamo de la sociedad para que se termine con la impunidad que en muchos casos ha propiciado el fuero que la ley concede a determinados funcionarios públicos.
La reforma establece que el Presidente de la República, senadores, diputados, ministros de la Suprema Corte, secretarios de despacho y gobernadores podrán ser sujetos a una causa penal, pero que podrán gozar de los privilegios citados.
Bajo las consideraciones del dictamen aprobado por los senadores, en el caso de que un juez determine que esté comprobado el cuerpo del delito que tenga señalado sanción privativa de libertad y demostrada la probable responsabilidad del funcionario inculpado, que son dos de los cuatro requisitos que deben acreditarse para que se dicte auto de formal prisión, el indiciado no pisará la cárcel.
Lo que en todo caso deberá hacer el juzgador es decretar el auto de “vinculación a proceso penal”, que tendrá la limitante de no incluir entre las medidas cautelares que pueda dictar, la privación, restricción o limitación de la libertad del encausado, por lo que este podrá seguir desempeñando su cargo.
Con esas modificaciones constitucionales, en caso de que las aprueben los diputados, habrá presuntos delincuentes de primera y de segunda. Indigna que haya quienes pretendan seguir viendo a la mayoría de los mexicanos en tan baja categoría.
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