jueves, 6 de agosto de 2015

TRIFE: LIDER DEL CONGRESO TAMAULIPECO SI VIOLO LA LEY

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,  al revocar una sentencia de la Sala Regional Especializada de ese tribunal, resolvió que el presidente del Congreso de Tamaulipas violó la ley al participar en actos proselitistas durante la campaña de la entonces candidata del PRI por el Distrito 02 Reynosa.

La sentencia del órgano superior del tribunal electoral abre la probabilidad legal de que Ramiro Ramos Salinas sea sujeto de un procedimiento sancionador por haber asistido en días hábiles durante el mes de abril a eventos organizados a favor de María Esther Camargo Félix, hoy diputada federal electa por este distrito.

La Sala Superior al resolver un recurso de revisión presentado por el Partido de la Revolución Democrática en contra de la sentencia de la Sala Regional Especializada, concluyó que Ramos Salinas en su carácter de Presidente del Congreso local incumplió con su obligación legal de no distraer el tiempo que, en horas y días hábiles, debió dispensar al desempeño de su función pública.

Tras la revisión del expediente, determinó que al participar en los actos proselitistas durante la campaña electoral de Camargo Félix, el presidente de la Junta de Coordinación Política del congreso tamaulipeco transgredió la prohibición que tienen los servidores públicos de realizar actos que trastoquen el principio de imparcialidad con que deben conducirse.

El documento refiere que la conducta ”del diputado local Ramiro Ramos Salinas consistente en asistir en días y horas hábiles a actos de carácter proselitista a efecto de promover candidaturas a diputaciones federales postuladas por el Partido Revolucionario Institucional” es contraria a lo dispuesto por la constitución y la ley electoral.

La sentencia de la Sala Superior revocó la que emitió la Sala Regional Especializada que había declarado inexistente la violación a las disposiciones constitucionales y legales que el PRD le imputó en su momento a Ramos Salinas. 

Señala que la revocación de dicha sentencia se debió a que la Sala Regional hizo una indebida valoración de las pruebas ofrecidas en la demanda original en contra del presidente del congreso estatal.

Acusa que la revisión de las probanzas, careció de exhaustividad y que no se ajustó a los parámetros que la Sala Superior ha señalado que se deben seguir “a efecto de analizar los medios de convicción consistentes en notas periodísticas”. 

 Agrega que en las pruebas que obraban en autos se advierte que el diputado Ramos Salinas asistió a los actos proselitistas a favor de la hoy diputada federal electa por Reynosa, contraviniendo las restricciones legales que tiene como servidor público.

La Sala Superior determinó que al dictar la sentencia revocada, la Sala Especializada no observó lo dispuesto en la jurisprudencia referente a los elementos que deben considerarse para determinar si las notas periodísticas tienen fuerza indiciaria.

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