miércoles, 14 de marzo de 2012

FLORENCE CASSEZ: ¿PRESUNTA CULPABLE?

El proyecto de resolución que ordena la liberación de Florence Cassez, sentenciada a 60 años de cárcel por el delito de secuestro y otros, provocó airadas reacciones en contra debido a la elevada sensibilización de la sociedad frente a uno de los delitos que más lastima a las víctimas y a sus familias

Esta entendible reacción ante la posibilidad de la excarcelación de la francesa provocó incluso que se haya planteado una propuesta tan singular como subjetiva. Hay quienes piden que al momento de votar la sentencia se prioricen los derechos de terceros cuando lo que se resuelve es si el proceso judicial en el que se condenó a Cassez se ajustó a las normas constitucionales.

En términos generales el proyecto de sentencia concluye que la actuación de las autoridades federales que la detuvieron fue totalmente contraria a la constitución. Refiere que se cometieron violaciones a derechos fundamentales de la extranjera que provocaron un efecto corruptor en todo el proceso judicial.

El documento explica que al no haberla puesto sin demora a disposición del ministerio público cuando la detuvieron originalmente y al negarle su derecho a la asistencia consular, estas dos circunstancias permitieron que se montara la escenificación que terminó por trasgredir su derecho constitucional a la presunción de inocencia, ya que la televisión, en cobertura nacional, la presentó como coparticipe en el secuestro de las victimas “rescatadas” en el falso operativo de la Agencia Federal de Investigación.

La sentencia, que será votada en unos días, explica que la presunción de inocencia dejó de ser un principio general de derecho para convertirse en un derecho fundamental “que vincula a todos los poderes públicos y que es de aplicación inmediata”.

Por lo descrito en el documento se puede concluir que las autoridades de la Secretaria de Seguridad Pública, específicamente de la AFI, actuaron en contrario a ese mandato legal y peor aun de mala fe realizaron acciones que tenían el propósito de exhibir públicamente a la francesa como responsable de los hechos delictivos que llevaron a su condena.

La resolución del amparo directo promovido por los abogados de Cassez no entra al análisis de su culpabilidad sino que se concentra en las deficiencias de un proceso que estuvo plagado de irregularidades, iniciadas con la violación de sus garantías constitucionales.

Entre las conclusiones del ministro ponente esta aquella que refiere que estas transgresiones generaron un efecto que terminó por afectar las evidencias incriminatorias que se presentaron en su contra y que en consecuencia dejaron de tener fiabilidad para que se llegara a la determinación de que efectivamente era culpable.

Quizá sea políticamente correcto expresar muestras de descontento y rechazo a ese proyecto de resolución, pero aún cuando los derechos de las victimas involucradas en el caso efectivamente sean de altísima significación, nadie puede darse el lujo de pedir que se ignoren las violaciones a los derechos constitucionales cometidas en contra de Cassez.

Una percepción de esa naturaleza sentaría las bases para el estado tuviera absoluta libertad para violar la ley en aras de forzar su supuesto cumplimiento. En medio de una profunda descomposición en las policías y en el sistema de procuración y administración de justicia, una visión como esa abriría las puertas a un verdadero infierno legal.

Antes de este caso nadie dudaba de esa pudrición del estado de derecho, pero ahora con la posibilidad de que se conceda libertad absoluta a la francesa pareciera que muchos consideran asunto menor que se actué en contra de la constitución con tal de castigar a toda costa a indiciados de tan terribles delitos, sean culpables o no.

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