Este martes 28, el Presidente Felipe Calderón, encabezó una ceremonia en Palacio Nacional con motivo del 189 aniversario de la firma del acta de independencia. En su mensaje alusivo, dice el boletín de prensa, “recordó que un día como hoy, el 28 de septiembre de 1821, se firmó, en Palacio Nacional, el Acta de Independencia de México.
“Nos hemos congregado en el Palacio Nacional, para conmemorar que un día como hoy, el 28 de septiembre de 1821, se firmó en este recinto el Acta de Independencia de nuestra nación. Con esa ceremonia histórica, se daba fin a la gesta libertaria que iniciara don Miguel Hidalgo en 1810”, mencionó cita el texto publicado en el portal electrónico de la Presidencia de la República.
Efectivamente la firma del citado documento sucedió el citado día, pero para efectos legales la fecha para la conmemoración de la emancipación de la Nueva España del reino español corresponde al 27 de septiembre.
Posiblemente el presidente Calderón decidió presidir el acto citado para hacer uso político del hecho de que fue en el edificio que alberga actualmente las oficinas de la Presidencia de la República en donde se firmo ese histórico documento.
Quizá por eso, en su discurso enlazó la gesta independentista con lo que definió como los “retos que tenemos por delante como nación”. Sin embargo, a pesar de la solemnidad del evento, se trato de un acto que no está contemplado dentro de las efemérides legales de nuestro país.
La conmemoración del aniversario de la terminación de la guerra de independencia corresponde al 27 de septiembre. El artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, el Himno y la Bandera Nacionales, por ejemplo, refiere que "En las fechas declaradas solemnes para toda la Nación, deberá izarse la Bandera Nacional, a toda o a media asta, según se trate de festividad o duelo, respectivamente...".
Màs adelante, el artículo 18, en dos apartados, establece los días en que la bandera deberá izarse a toda o a media asta. Entre las primeras el apartado a del citado precepto señala “…27 de septiembre: Aniversario de la Consumación de la Independencia, en 1821…”.
Ahora si se tratara de hacer uso arbitrario de las fechas históricas entonces ¿porqué no se celebró el 24 de agosto?. Ese día se cumplieron 189 años de los Tratados de Córdoba que reconocen la independencia de la Nueva España, firmada por el último representante que tuvo la Corona Española y quien posteriormente se convirtió en el Emperador Agustín I del Imperio Mexicano.
Pues no, la fecha legal para la solemne celebración de la consumación de la independencia, es el 27 de septiembre.
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